Se dicto sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva, mediante la cual se declaró LA PERDIDA DE INTERES, en la presente causa por EJECUCION DE HIPOTECA presentado por los Abogados YUBELIA GUILLEN RENDON y GABRIEL MAZZALI ALDANA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 36.468 y 89.625 respectivamente, con el carácter de Apoderados Judiciales del BANCO MERANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, C.A., domiciliado en Caracas, en contra de la empresa CONSTRUCCIONES VALAC, C.A., en la persona de su representante legal ciudadano JOSE ALBERTO ACEVEDO GARRILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.199.529, y a éste en su propio nombre, en sus condiciones de deudora principal y garante hipotecaria, con domicilio en la calle Paéz N° 78-B, en la ciudad de Lechería Estado Anzoátegui, y/o calle Niquitao N° 02, Barrio Mariño, de la ciudad de Puerto La Cruz, Municipio Autónomo Sotillo del Estado Anzoátegui, y los ciudadanos CARMEN CRISTINA GUERRA de ACEVEDO, ITALO GABR