Decisiones del dia 19/03/2009
N° Expediente :
BP02-V-2007-001359
N° Sentencia :
Fecha: 19/03/2009
Procedimiento: Divorcio
Partes: JUAN EMILIO GUAICARA GUERRA Y JASMIN DEL VALLE HERRERA RODRIGUEZ
Resumen:
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala de Juicio Nro. 2 del Tribunal de protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales conferidas en el artículo 177 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero, y competente para conocer sobre el presente asunto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la Demanda de Divorcio, incoada por el Ciudadano JUAN EMILIO GUAICARA GUERRA, contra la Ciudadana JASMIN DEL VALLE HERRERA RODRIGUEZ, identificados en autos, de conformidad con el artículo 185 del Código Civil y su ordinal 2º, a saber ABANDONO VOLUNTARIO; y en consecuencia declara disuelto el vínculo conyugal que une a los ciudadanos: JUAN EMILIO GUAICARA GUERRA y JASMIN DEL VALLE HERRERA RODRIGUEZ.-
Juez/Ponente:
Ana Jacinta Durán
Organo:
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
N° Expediente :
8538
N° Sentencia :
Fecha: 19/03/2009
Procedimiento: Desalojo
Partes: EVALD KORSAKAS VS. LUCINDA DE GOIS MARTINS
Resumen:
De la simple lectura efectuada al escrito libelar, se evidencia que el demandante pretende la extinción del contrato de Arrendamiento debido al vencimiento de la prorroga legal y el desalojo del inmueble arrendado, de conformidad con lo previsto en el artículo 34, literal "b" de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.
En relación a la primera, este Tribunal advierte a la parte actora que en el caso del vencimiento de la prorroga legal, la acción a seguir es la de Cumplimiento de Contrato por el Vencimiento de dicha Prorroga, la cual resulta procedente en los contratos de arrendamiento celebrados a tiempo determinado, según las previsiones contenidas en el artículo 38 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. Por su parte, la acción de Desalojo, esta reservada para los contratos de arrendamientos celebrados de manera verbal o por escrito a tiempo indeterminado, a tenor de lo establecido en el artículo34 de la citada Ley. (negrillas y subrayado del Tribunal).
De tal mane.....
Juez/Ponente:
Mariela Narvaez
Organo:
Juzgado Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo