Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA; INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE, de conformidad con lo establecido en el artículo 437, literal "c", ambos del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados JOSE ALEJANDRO GALINDO RIVAS, GONZALO DAMS FARRERA Y ARTURO GONZALEZ, en su carácter de defensores de confianza de los imputados; JORGE LUIS GOMEZ, FRANKLIN DEL VALLE MANRIQUE HERNANDEZ, JUAN RICHARD LOZANO GONZALEZ, JORGE ANTONIO BELISARIO RENGEL, JOSE JULIAN MACUARE Y MANUEL COTUA CASTRO, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control N ° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en fecha 13 de Marzo del año 2007, en Acta de Audiencia Preliminar, mediante la cual acordó mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por el del.....