Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta Libertad Sin Restricción, a favor del ciudadano WILLIANS ENRIQUE SANCHEZ RAMOS, quien es Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 05 de Octubre de 1987, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad V-20.361.543, de estado civil Casado, de profesión u Oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Félix Sánchez (v) y Belkis Ramos (v), residenciado en Calle 5, Casa N° 01, Boyacá, Estado Anzoátegui; todo conforme a lo establecido en el artículo 44, numeral 1º de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 8º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, referidos a los principios fundamentales del proceso penal, como son Presunción de Inocencia y Afirmación de Libertad. El Procedimiento a seguir .....