Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, se emiten lo siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el presente recurso de apelación y se decreta la NULIDAD ABSOLUTA, de la decisión proferida por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, dictada el 08 de febrero de 2010, mediante la cual negó la entrega del vehículo Marca: FIAT, Modelo: SIENA TAXI, Año: 2001, Color: BLANCO, Clase: AUTOMOVIL, Placas: CV757T, Serial de Carrocería: 8AP17216216022543 y Serial de Motor: 5103856, al ciudadano JOSÉ EDUARDO GÓMEZ FREITES, sin tomar en consideración el resultado de la experticia, ya que la misma señala que el vehículo objeto de estudio se encuentra requerido por esa sub delegación según actas procesales donde se señala que el mismo fue robado en f.....