Concluida la presente audiencia, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho los pedimentos formulados y acuerda PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana: JACKELINY DEL CARMEN MARQUEZ RORIGUEZ, para la designación de un tutor legal al adolescente, (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), y en consecuencia se acordó hacer las siguientes designaciones, como TUTOR LEGAL JACKELINY DEL CARMEN MARQUEZ RORIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.766.541 y domiciliada en: Barrio José Antonio Anzoátegui, calle Guarico, casa Nº 21 de la ciudad de Puerto l.....