Seguidamente en virtud de la incomparecencia de la parte demandante y la parte demandada, a la celebración de la audiencia preliminar en fase de sustanciación sin que se justificara su inasistencia, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 477 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, de DEMANDA DE ACCION MERO DECLARATIVA, presentada por la ciudadana SANDRA STELLA CUMANA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-8.276.152, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ROBERT GIL GALVIS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 193.677, donde se encuentra involucrada la adolescente: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la .....