Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, ORDENA: CITAR al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, para el día MIERCOLES 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006, A LAS ONCE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (11:30 A. M.); a los fines de que informe a este Juzgado las razones por las cuales no ha cumplido la medida de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de SEIS (06) MESES, que le fue impuesta, por el delito de HURTO SIMPLE EN GRADO DE COAUTORES previsto en los artículos 451 y 83 del Código Penal en perjuicio de la Ciudadana VICENTE EMILIA BRUZUAL SOTILLO, y una vez oído el prenombrado ciudadano, este Tribunal emitirá los pronunciamientos que sean pertinentes, advirtiéndole que en caso de no comparecer en la hora y fecha indicada, este Tribunal ordenará su ubicación con la fuerza pública. De conformidad con el articulo 646 de la Ley Orgánica para la Protección el Niño y del Adolescente en .....