Concluida la evacuación de las pruebas, y la revisión de las documentales, esta Juzgadora Abg. AMERICA FERMÍN, Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el cual es de Obligatorio Cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los Niños, Niñas y Adolescentes, y el derecho a obtener documentos públicos de identidad, (artículo 22), en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Declarar con lugar la solicitud de AUTORIZACION PARA TRAMITE DE PASAPORTE, presentada por la ciudadana CAROLINA MARTINEZ ESPINOZA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.797.721, domiciliada en el Sector Santa Rosa, Calle 3, Cruce con 2, Edificio Ale, Piso 3, Apartamento 3ª, Puerto Píritu .....