esta Jueza Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, ACUERDA: Declarar Con Lugar la Solicitud de JUSTIFICATIVO DE TITULO SUPLETORIO, incoada por los ciudadanos: JESUS ALEJANDRO LOZANO MADRID y SAGLY ANYULI POYO NAVARRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-17.264.322 y V-17.263.092, actuando en representación de sus menores hijos (XXX), sobre la bienhechurias enclavadas en una extensión de terreno ubicado en el Callejón Las Palmas, Parcela Nº 2, entre calles 13 y 14, sector Pueblo Nuevo Sur, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, en una parcela de terreno Municipal de aproximadamente Ciento sesenta y dos metros cuadrados (162,00m2), cuyos linderos y medidas son las siguientes: N.....