Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado. Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS por parte de los interesados, en la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, incoada por el Abogado LUIS GUZMAN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.305.215, inscrito en el IPSA bajo el Nº V- 132.543, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del Banco Provincial C.A. (BANCO UNIVERSAL), en contra de la Ciudadana ERIKA ALEJANDRA FANDIÑO PETIT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.548.062, respectivamente.-
SEGUNDO: SE DA POR TERMINADO EL PROCEDIMENTO.-
TERCERO: SE ORDENA REMITIR EL PRESENTE ASUNTO AL ARCHIVO JUDICIAL.
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