"...PRIMERO: Inadmisible la acción judicial por Prueba Anticipada o Retardo Perjudicial, interpuesta por el ciudadano JOSEFINA MARIA MULATO TALAVERA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de Identidad Nro. V-8.250.890, en nombre y representación de la sociedad mercantil Publicidad Judicial Mercantil, C.A., la misma debidamente registrada por ante el registro Mercantil tercero en fecha siete (07) de agosto de 2013, la cual quedando asentada bajo el nro. 06, tomo 39-A y condición que se acredita según se evidencia en la cláusula décimo séptima del Acta constitutiva que acompaño a la presente demanda, por no satisfacer los requisitos de existencia o validez que el derecho procesal exige, toda vez que ninguno de los documentos anexados en el momento de proponer la acción, no atienden a los instrumentos cardinales preceptuados por la legislación procesal patria para la sustanciación de una pretensión de retardo perjudicial, lo que conlleva forzosamente a éste sentenciador a decla.....