esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 477 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, de AUTORIZACION JUDICIAL PARA EXPEDIR PASAPORTE, presentada por la ciudadana JEMNEILYS ANDREA LOPEZ MADRUGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 19.675.631, domiciliada en la sector Guamachito, Calle Libertad, casa A-89, Barcelona, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Defensora Tercera de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Abogada MARTHA AGUILERA, a favor de su hija, la niña Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), hija del ciudadano FREDDY JONATAN SEQUERA RA.....