DISPOSITIVA.
Por todas las razones de hecho y derecho antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARAR SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Wilfredo Castro, en su carácter de Defensor de Confianza del acusado Carlos Alberto Rondón Lara, contra la decisión dictada en fecha 29 de septiembre de 2005, y publicada el día 06 de octubre de 2.005, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, mediante la cual CONDENO al expresado acusado a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS DE PRESIDIO, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 408, ordinal 1°, en relación con lo dispuesto en los Artículos 83, 37, 74, ordinal 4°, 77 numerales 1° y 14.....