Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial penal del Estado Anzoátegui, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por los Abogados JESÚS ALFREDO REYES MARIÑO y NELSÓN ANTONIO SAAVEDRA, en su condición de Defensores de Confianza de los imputados JOSÉ ANGEL FUMERO y KELVÍN COA, titulares de las cédulas de identidad Nº 19.839.331 y 24.827.559, respectivamente, contra la decisión dictada en fecha 31 de agosto de 2012, por el Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual mantuvo la Medida de Privación Judicial Preventiva Privativa de Libertad a los referidos ciudadanos, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal, cometido en perjuicio del adolescente (identidad omitida de conformidad con lo esta.....