Por todo los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en uso de las atribuciones legales y conforme a las jurisprudencias dictadas por la Sala de Casación Penal y Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de los Magistrados Dr. HECTOR MANUEL CORONADO FLORES y Dra. LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO, en fecha 11 de agosto de 2005, Nº 535, Exp. Nº 2004-0562, y 11 de enero de 2006, Nº 01, Exp. Nº 05-2058, respectivamente, señaladas ut supra, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JUAN MARDELLI BALADI, en su carácter de Apoderado Legal de la ciudadana INÉS SIFONTES, contra la decisión dictada en fecha 28 de julio de 2011, por el Tribunal de Control Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a la ciudadana NIRVIA JOSEFINA NUÑEZ DE SILVA, por los .....