Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la inhibición planteada por la abogado KARELLYS ROJAS TORRES, en su condición de Juez Provisorio del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, en el juicio por COBRO DE BOLIVARES, propuesta por el ciudadano FRANCISCO JAVIER SALAZAR BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N°. 5.395.024, actuando en nombre y representación de la empresa CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS SALAZAR C.A., contra la sociedad mercantil SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES R Y P 21 C.A., por estar fundamentada en causal legal.