En consecuencia, este Tribunal de Juicio N° 3, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda extender el periodo de presentaciones del acusado ANTONIO JOSE CEDEÑO SUAREZ, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad Número 16.478.669, quien es Venezolano, Natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 19 de Diciembre de 1982, de 20 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Antonio José Cedeño y de Marbella Suarez de Cedeño, residenciado en la Calle Pinto salinas, Casa Número 22, Barrio Chuparin Arriba, Puerto La Cruz, estado Anzoátegui, a cada TREINTA (30) DIAS, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando subsistentes las demás condiciones o requisitos impuestos por el Tribunal de la causa en su oportunidad. Notifíquese. Cúmplase.