Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expresados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL a favor del Joven IDENTIDAD OMITIDA,; por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL previsto en el artículo 407 y426 del Código Penal venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano hoy occiso WILLIANS ALEXANDER SOLORZANO, por el lapso de un (01) año; todo de conformidad con los artículos 555 y 561 literal e, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; en concordancia con los artículos 323 y 324 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicados supletoriamente, por autorización expresa del artículo 537 de la Ley Especial.
Diarícese, regístrese, publíquese, notifíquese y déjese copia de la presente decisión. Líbrense la.....