Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expresados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud realizada por la Fiscalía Decimaséptima del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, y en consecuencia DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del ciudadano: IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el artículo 408 ordinal 01 del Código Penal Venezolano, que se señaló cometido en perjuicio de YOLANDA RICHARD GIL; todo de conformidad con los artículos 555, 561, literal d, todos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; en concordancia con los artículos 48 ordinal 1º, 318, numeral 1, 323 y 324 todos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicados supletoriamente, por autorización expr.....