Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, DECRETA: LA CESACION de las medidas de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de CUATRO (04) MESES, las cuales consisten en: 1) No llegar ni salir de su casa después de las diez de la noche (10:00 pm), a excepción de una vez al mes. 2) No ingerir licor, ni visitar sitios donde se expendan o se ingiera licor, así mismo donde se sospeche, se vendan o consuman sustancias estupefacientes. c) Prohibición de portar armas de fuego capaz de causar daño. d) Obligación de respetar los bienes ajenos y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (01) AÑO, que fueran impuestas al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado, en sentencia de fecha 04 de Abril del año 2003, dictada por el Tribunal de Primera Instancia, en función d.....