En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara incompetente por la cuantía para conocer del presente juicio de Cobro de Bolívares, tramitado por el procedimiento de INTIMACIÓN, que hubiere incoado el ciudadano DIMITRI TURNES SERRANO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.563.689, de este domicilio, debidamente asistido por el ciudadano YENSIN YENDEZ, abogado en ejercicio, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. 12.268.235, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 80.754; en contra del ciudadano MANUEL ESTEBAN FUENTES GUERRA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 17.900.210, y en consecuencia, declina la competencia para conoc.....