Con Lugar la presente demanda de Divorcio intentada por el ciudadano Juan Carlos Benedetti Aray, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°8.281.713, en contra de la ciudadana Nancy Josefina Hernández Guaina, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.260.457; de conformidad con lo dispuesto la causal segunda (2º) del artículo 185 del Código Civil en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los antes mencionados ciudadanos, por ante, ante la Prefectura del Municipio Simón Bolívar en fecha 19 de julio del año 2010, según consta de Acta de Matrimonio; acompañada a los autos en copia certificada.- Así también se decide.-