Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede Constitucional, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, presentada por la Empresa Petrolera Ameriven S.A, inscrita ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el día 17 de julio de 1997, bajo el N° 98, Tomo 134-A-Qto.., posteriormente inscrita por cambio de domicilio en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 21 de marzo del 200, bajo el N° 47, Tomo A-17, expediente N° 47, a través de su apoderado judicial abogado Freddy Vásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.....