REPONER la presente causa; al estado de que el defensor judicial, abogado David López, de cumplimiento a las funciones inherentes al cargo asumido, es decir proceda a dar contestación a la demanda, conforme a los principios constitucionales contenidos en nuestra carta magna, y por cuanto es obligación para este Tribunal, garantizar a las partes el debido proceso y por ende el derecho a la defensa, ordena notificar al defensor judicial designado de la presente decisión, así como a la parte demandante, y una vez que conste en autos la última de las notificaciones de las partes, comenzará a computarse un lapso de cinco (05) días de despacho siguientes, a objeto de que el defensor ad litem de contestación a la demanda. Así se decide