En base a los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la pretensión principal de REIVINDICACIÓN propuesta por la abogada MARINA CASTILLO ABAD en su carácter de co-apoderada de la sociedad mercantil GRUPO EMPRESARIAL TAMANACO, C.A. contra DESARROLLOS NUEVA ESPARTA, C.A., CORAL DE ANA DE LYON y empresa CONSTRUCCIONES VENECIA, C.A., ambas partes identificadas en autos, sobre un lote de terreno, con una superficie de ONCE MIL SETECIENTOS VEINTICINCO METROS CUADRADOS (11.725mts.2), ubicado en la Avenida Nueva Esparta, Sector Aerocav, Parroquia El Carmen, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui y comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte, con terrenos de Manuel Planchart, en una extensión de ochenta .....