Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por los ciudadanos BEATRIZ DICIFORA MONTEVERDE y NESTOR ENRIQUE MORENO, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos RUSELA JOSEFINA RODRIGUEZ DE ARRIETA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4. 501. 599, DIMARYS JOSEFINA ARRIETA RODRIGUEZ, NELSON JOSE ARRIETA RODRIGUEZ Y JONATHAN JOSE DEL VALLE ARRIETA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros.11.903.500, 13.167.451 y 16.798. 378, respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara NELSON JOSE ARRIETA RIVERA, quien en vida era portador de la cédula de identidad Nro. 2.804.913 , de 64 años de edad, de estado civil casado, de nacionalidad venezolana, de profesión Profesor- Jubilado, residenciado en la Urbanización Fu.....