Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas por los ciudadanos GRENIS TONY VILLARROEL y MARIA AUXILIADORA NAVARRO , declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos IDDERF SUJE ORTIZ GONZALEZ, YDDIRF MAY ORTIZ GONZALEZ, YDDARE MAIRIN ORTIZ GONZALEZ, YDDURF JESUS ORTIZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 13.165.717, 13.913.327, 13.913.326 y 19.840.701, respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus MIRIAN JOSEFINA GONZALEZ SIERRA, quien en vida era venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera , titular de la cédula de identidad número 5. 095.741, fallecida ab-intestato en fecha 06 de abril de 2010, en la ciudad de Barcelona, Municipio Simón Bolívar, de este estado. Quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el ar.....