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Decisiones del dia 23/08/2004

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolivar
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : BN02-V-2000-000006 N° Sentencia : Fecha: 23/08/2004
Procedimiento:
Entrega Material
Partes:
JACINTO CARVAJAL CARVAJAL VS JUAN LUCES SARMIENTO
Resumen:
Se decretó la perención de la instancia en la presente causa, en virtud que la parte solicitante, no gestionó la notificación del vendedor, trancurriendo desde la fecha de la dmisión de la presente solicitud, mas de un año, por lo que de conformidad con lo estblecido en el artículo 267 del código de Procedimiento Civil, se decrtó la Perención de la Instancia en la presente causa.-
Juez/Ponente:
Jesús Gutierrez
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolivar
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N° Expediente : BN02-V-2002-000004 N° Sentencia : Fecha: 23/08/2004
Procedimiento:
Resoluciòn De Contrato De Compra-Venta
Partes:
NIURKA ANDREINA ALBORNOZ VS MIRIAN JOSEFINA GONZALEZ MARTINEZ
Resumen:
En vista que la parte demandante no gestionó la citación de la demandada, transcurriendo hasta la presente fecha, más de un año, sin que se realizara actuación alguna en la presente causa; y que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, considera éste Juzgador, que se encuentra consumada la perención de la instancia en el presente juicio.- Y así se decide.-
Juez/Ponente:
Jesús Gutierrez
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolivar
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N° Expediente : BP02-M-2002-000001 N° Sentencia : Fecha: 23/08/2004
Procedimiento:
Cobro De Bolivares (Via Intimacion)
Partes:
EDDY JOSÉ RIVERA MARCANO VS JOSÉ GREGORIO FLORES LUGO
Resumen:
En virtud que desde que se admitió la presente demanda, la parte demandante no gestionó la intimación del del demandado, transcurriendo hasta la presente fecha, más de un año, sin que se realizara actuación alguna en la presente causa; y que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, considera éste Juzgador, que se encuentra consumada la perención de la instancia en el presente juicio.-Y así se decide.-
Juez/Ponente:
Jesús Gutierrez
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolivar
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N° Expediente : BP02-V-2004-000679 N° Sentencia : Fecha: 23/08/2004
Procedimiento:
Accion Mero Declarativa
Partes:
JOSEFA CELESTINA MAGALLANES VS SERVIQUIM C. A
Resumen:
Por cuanto se observa que la parte actora en el libelo de demanda no estableció la cuantía de la pretensión, siendo la estimación del valor de la demanda un elemento importante en los juicios en los cuales no conste su valor, pero el mismo sea apreciable en dinero, por producir tal elemento determinadas consecuencias jurídicas importantes, tales como limitaciones para el cobro de honorarios profesionales, y las costas que deberá pagar la parte totalmente vencida en la controversia; el establecimiento de la competencia del órgano jurisdiccional que deberá resolver el asunto planteado, entre otros, en razón de lo señalado anteriormente; este Juzgado actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, niega la admisión de la demanda incoada por las apoderadas judiciales de la ciudadana Josefa Celestina Magallanes, abogadas Hismarg González Avile, Yurbary Rodríguez y María José Abreu contra Serviquim C. A. Y así se decide.-
Juez/Ponente:
Jesús Gutierrez
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolivar
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N° Expediente : BP02-V-2004-000663 N° Sentencia : Fecha: 23/08/2004
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
IRAIDA LEAL DE RODRÍGUEZ VS SANDRA MILENA CARDENAS SUESCUM
Resumen:
En vista que la petición de la parte actora se refiere al Desalojo de un inmuble constituido por un apartamento distinguido con el Nº A-1-2 PB, ubicado en la calle apamates, Residencias el Carmen, Urbanización El Morro de Lechería, Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, pues según lo alegado por ella, el contrato de arrendamiento, que suscribió con la demandada se encuentra a tiempo indeterminado, ya que fue firmado por una vigencia de fecha 01-01-2003 hasta el 30-12-2003, y donde notificó por escrito a la arrendataria la terminación de la prórroga legal y por consecuencia la inmediata desocupación del inmueble dado en arrendamiento.- Ahora bien, considera éste Tribunal, según lo alegado por la peticionante en su libelo, el referido contrato de arrendamiento fue suscrito por un tiempo fijo, y que al vencerse la prórroga legal, lo que podía demandarse era el cumplimiento del mencionado contrato, por haberse vencido tanto el término del mismo y su prorroga lega.....
Juez/Ponente:
Jesús Gutierrez
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolivar
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