En consecuencia, esta Alzada, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo y tomado en consideración que la inhibición está fundamentada en causal legal, declara la misma CON LUGAR. Así se decide. Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley. En consecuencia, de conformidad con las disposiciones del articulo 41 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se acuerda el envío del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de esta Circunscripción Judicial para su posterior remisión al Juzgado Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, que por distribución corresponda.