Este tribunal Admite y acuerda citar por medio de boletas a los ciudadanos VIRGINIA OSLEIDA ROMERO BOLDT y CESAR ALFREDO REYES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.749.639 y V- 8.247.869, respectivamente, la primera domiciliada en el Calle San Celestino, Frente al Nº 387, Mallorquìn 3, Barcelona, Estado Anzoàtegui, y el segundo en la Calle San Celestino, Nº 387, Mallorquìn 3, Barcelona, Estado Anzoàtegui, a los fines de que comparezcan por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, al tercer (3er) de Despacho siguiente a sus citaciones, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a dar contestación a la referida solicitud. Se le advierte a las partes que en la misma oportunidad a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), será el Acto Conciliatorio. Asimismo acuerda practicar sendos informes social y evaluaciones psicológicas a los ciudadanos VIRGINIA OSLEIDA ROMERO BOLDT y CESAR ALFREDO REYE.....