Ahora bien, Conforme al procedimiento establecido en el artículo 185-A del Código Civil, admitida como fue dicha solicitud en fecha Veintitrés (23) de Septiembre de 2009, se libró Boleta de Citación a la ciudadana Fiscal Especializado Décimo Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, dándose por citada en fecha Seis (06) de Octubre del 2.009, constando su citación en esta misma fecha, tal como se desprende en autos (Folios 16 y 17), no objetando nada al respecto, ni dentro del término legal ninguna otra oportunidad, conforme se evidencia en los folios 28 y 29, respectivamente.
Considera el Tribunal que la petición de los cónyuges esta plenamente ajustada a derecho, y que se han cumplido durante el proceso todas las exigencias establecidas en la Ley para que sean procedentes sus pedimentos.- Y en razón de los hechos antes expuestos, constando en autos que los cónyuges habiendo contraído matrimonio Civil el Veintitrés (23) de Septiembre de 1988.....