Se dictó sentencia interlocutoria Nº 06, en la cual se Admite el presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la Abogada ADA ALBERTI DIAZ, actuando en mi carácter de apoderada especial de la contribuyente sociedad mercantil PUERTO LICORES C.A., contra la resolución, N° GJT-DRAJ-2005-A-325, de fecha Veintiocho (28) de Febrero de 2005, la cual declara sin lugar sin lugar el Recurso Jerárquico interpuesto por la contribuyente y confirma la Resolución Culminatoria, del Sumario Administrativo N° GRTI/RNO/DSA/2001/316, la cual impone pagar mediante Planilla de Liquidación N° 1075000490, emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), adscrito al Ministerio de Finanzas.