vista la transacción celebrada por las partes en el mismo, este Tribunal la HOMOLOGA, en los mismos términos y condiciones por ellos descritos, y lo toma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Visto así mismo el pedimento realizado, se SUSPENDE las Medidas de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 16 de Febrero de 2.004, y participadas con los oficios Nros. TCM-113 y TCM-114, respectivamente, de fechas 16 de Febrero de 2.004; sobre: Un (1) apartamento distinguido con el número seiscientos setenta y nueve (Nº 679), ubicado en el Conjunto Doral Beach Villas Golf And Tennis, situado en la Avenida Américo Vespuccio del Complejo Turístico El Morro, sector Acquavillas en Jurisdicción del Municipio Pozuelo, Distrito Sotillo del Estado Anzoátegui, con un área aproximada de Cincuenta y Dos Metros Cuadrados Con Ocho Decímetros Cuadrados (52,08 Mts.2); cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE: En aproximadamente cuatro metros (4 mts.) con pasillo de acceso; S.....