En consecuencia, este Tribunal de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINTA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL del penado: JOEL JOSE MAGALLANES CALMA, venezolano, mayor de edad, soltero, de profesión albañil, titular de la cédula de identidad Nº 14.212.967, residenciado en la Avenida Aeropuerto casa S/N cerca del estadium Emilio Cueche, Barrio Lindo Barcelona, Estado Anzoátegui.
Ofíciese al Ministerio del Interior y Justicia, a la oficina de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores y al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de Caracas, Barcelona y Puerto la Cruz, a objeto que eliminen las posibles solicitudes de captura que pesen sobre el referido ciudadano,
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado.....