Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función Control, Audiencia y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA por remisión expresa del articulo 64 de la ley especial que rige la materia, considera procedente aplicar al imputado ELICEO RAFAEL PEREZ DROZ, MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del Imputado LUIS EDUARDO VASQUEZ MARIN, quien es VENEZOLANO, CEDULA DE IDENTIDAD Nº V- 19.013.841, FECHA DE NACIMIENTO: 11-12-1983, DE 27 AÑOS DE EDAD, ESTADO CIVIL: SOLTERO, DE PROFESIÓN U OFICIO: OBRERO. HIJO DE ELISEO RAFAEL PEREZ (V) Y MARITZA DROZ (V) RESIDENCIADO: EN LA CALLE NUEVA CASA Nº 22 DEL SECTOR HIPICO DEL BARRIO VIÑEDO-BARCELONA- ESTADO ANZOÁTEGUI, TELEFONO:0426-4809994, conforme a lo establecido en los artículos 250, numerales 1°, 2° y 3° y 251, numerales 2° y 3° Parágrafo Primero del Códig.....