En consecuencia, ésta SALA DE JUICIO N° 01, DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, con competencia para decidir el presente asunto, y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en cuenta el interés superior del adolescente JOSE RAMAYAN, actualmente con doce (12) años de edad, principio este dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, como lo establece el Artículo 8° de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se le otorga AUTORIZACIÓN para que disfrute los días de Semana Santa, junto con la ciudadana DORIS RAMIREZ, en su condición de tía, domiciliada en la Vía El Rincón, Sector San Miguel Arcángel, Vereda Las Clavellinas N° 16, Teléfono 0281-808.63.37. Quedando obligada la entidad de atención para realizar visitas sociales de seguimient.....