la ADMITE cuanto ha lugar a derecho se requiere por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbre y a ninguna disposición expresa de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y conforme a lo dispuesto en el Articulo 514 de la precitada Ley, cítese al ciudadano JAIRO JAVIER HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.931.206, domiciliado en la Calle la Eta, sector Las Delicias, Parroquia Jusepín, Municipio Maturín del Estado Monagas, y quien presta sus servicios en la empresa Petróleos de Venezuela, S.A (P.D.V.S.A.), Sede Jusepín, Punta de Mata, área Santa Bárbara del Estado Monagas, lugar donde puede ser citado, para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, mas dos (02) días que se le conceden como termino de distancia, en horas comprendidas entre las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30am) y la.....