Este Tribunal de Violencia Contra la Mujer, en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, una vez oída las partes decide, PRIMERO: Declara CULPABLE al ciudadano MIGUEL ANTONIO JIMENEZ RAMOS, Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 23/04/1960, residenciado en la Calle Concordia, casa Nº 52, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, de 51 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.315.569, de estado civil soltero, de profesión u oficio: buhoneo, hijo de los ciudadanos: Miguel Jiménez (F) y Nicasia Ramos (F), Teléfono: 0426-8806672, por la comisión del delito de AMENAZA, tipificado en el artículo 41, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia en contra de la ciudadana JUDITH COROMOTO DOMINGUEZ RAMOS. SEGUNDO: En consecuencia se le condena a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y CUAT.....