En virtud de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de Divorcio intentada por el ciudadano Luís Beltrán Mago Salazar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.672.306, contra la ciudadana Maritza Josefina Campos Salazar, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.303.994; en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los antes mencionados ciudadanos, en fecha 05 de marzo de 2004, por ante la Parroquia Naricual, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, según consta de acta de matrimonio Nº 29, acompañada a los autos en copia certificada.- Así también se decide.-