En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado, Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, mientras se tramita y decide el fondo de la presente Acción de Amparo Constitucional, DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, solicitada por la accionante empresa MMC Automotriz de Venezuela, S.A., ya identificada, a través de su apoderado judicial, Abogado en ejercicio Eduardo Pisos Vegas, venezolano, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, titular de la cédula de identidad Nº V-6.507.525 e inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 21.140, en contra de la empresa Metal Press, C.A.-
En consecuencia, se ordena: 1) A los ciudadanos, Jean Guaita, José González, Elvis Parababire, Armando Ceballos y Luís Espinoza, venezolanos, mayores de ed.....