este Juzgado, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y con base en el artículo 185-A del Código Civil, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos JHONNY ALEXANDER MARTÍNEZ SALAZAR y MARVELLYS DEL VALLE TONITO BRITO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados el primero en la Av. Cumanagoto, Edif.. Marta Susana, piso 1, Apto. 01, Barcelona Estado Anzoátegui, la segunda en la Calle Bolívar, Nro. 36-5 de Barcelona Estado Anzoátegui, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 11.991.269 y 8.464.794, respectivamente, y por consiguiente disuelve el vínculo matrimonial existente entre ellos, contraído por ante la Primera Jefatura Civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Federal, en fecha 25 de Febrero de 1.994, mediante Acta No. 74, cuya copia certificada corre inserta a los autos y así se decide.-