Se dicto sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva, mediante la cual se declara INADMISIBLE la presente solicitud de Titulo Supletorio, presentada por la ciudadana RUSSO ITANARE GLEDYS TERESA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.469.436, procedente de la parcela denominada "LA JOSEFINA", sector Agua Santa, Parroquia Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del Estado Anzoátegui, productora agropecuaria, representada en este acto por la Abogada CARMEN QUIJADA ESTABA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 100.801, en su condición de Defensora Pública Segunda en Materia Agraria del Estado Anzoátegui.-