DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nº 01, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Conforme al artículo 105 del Código Penal Venezolano, SE DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA, de DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO, mas las penas accesorias a ésta, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal reformado, cometido en perjuicio de la victima ROSA MARIA CASTILLO, impuesta al ciudadano EDGAR ANTONIO MORALES, titular de la cédula de identidad N° 10.483.121, así como la extinción de la pena accesoria, de SUJECION A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD. Notifíquese a las partes. Remítase oficios a las instituciones correspondient.....