Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los ciudadanos FELIPE ELEAZAR RODRIGUEZ DUQUE, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-16.864.578, natural de Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, donde nació en fecha 17/01/1982, de 26 años de edad, de estado civil soltero, hijo de los ciudadanos Félix Rodríguez y Luz Duque, residenciado en: Avenida Cumanagoto, Casa Nº 50, Barcelona, Estado Anzoátegui y VÍCTOR JOSÉ MACHADO GARCÍA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-20.106.289, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 04-03-1988, de 20 años de edad, de estado civil soltero, hijo de los ciudadanos Víctor Machado y Migdali García, residenciado en: Fundación Mendoza, Calle Pri.....