Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios, Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República y por la Autoridad de la Ley, declara la conversión en divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos Willy Osiel Arango Barboza y Moremar Amalin Salazar Mata, antes identificados, y Declara Disuelto el vínculo conyugal que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Turístico El Morro, Lic. Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, en fecha 31 de Mayo de 2013, según consta de acta inserta bajo el Nº 245, Tomo I, Año: 2.013.- Así se decide.-
Publíquese y Regístrese. Déjese copia de esta decisión en los archivos de este Juzgado.