En fecha 01 de Febrero del 2006, comparecen por ante este Tribunal los ciudadanos JORGE ELIECER MORENO ARTEAGA e IRIS VALENTINA ITURRIZA PELLICER, plenamente identificados en autos, asistidos para este acto por la Abogada en ejercicio MARINA CASTILLO ABAD, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.093, quienes manifiesta que por cuanto ha transcurrido mas de un año y no ha habido reconciliación alguna desde la fecha en que se firmo el decreto de la Separación de Cuerpos y Bienes, es por lo que solicita se declare la Convención de Separación de Cuerpos en Divorcio, es por lo que éste Juzgado considera, que ha transcurrido el lapso legal sin que los cónyuges JORGE ELIECER MORENO ARTEAGA e IRIS VALENTINA ITURRIZA PELLICER, se hayan reconciliados, es necesario y debe DECLARARSE LA CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES EN DIVORCIO. Y así se decide.-
Por todo lo antes expuesto, esta Sala de Juicio Nº 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Admini.....