esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda: PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana YOLIBER DEL CARMEN MAURERA DE CASTILLO, Venezolana, Mayor de edad, titular de cedula de identidad Nº V-13.788.289, Domiciliado En: Calle apure, casa Nº 43, sector la Trilla, Cantaura, Estado Anzoátegui, e, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio PEDRO SEIJAS CABRERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 16.936, SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano FRANKLIN WILFREDO CASTILLO, fallecido el día 28 de Octubre de 2012, quien era venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad V-8.468.884, a su esposa YOLIBER DEL CARME.....