Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a los imputados APOLINAR JOSE CACHARUCO quién quedo identificado de la siguiente manera: APOLINAR JOSE NARVAEZ. Quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 19.717.699, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 03-12-86, de 21 años de edad, de estado civil soltero de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos: APOLINAR NARVAEZ (v) y SILVIA CACHARUCO (v), residenciado en: Calle Ruiz Pineda II, Casa Nº 07, Puerto La Cruz, El Paraíso, Estado Anzoátegui y SAUL DANIEL PEREZ FUENTES, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-18.279.277, natural de Araya, Estado Sucre, donde nació el día 21-07-87, de 20 años de edad, de estado civil soltero de profesión u oficio arreglo teléfonos, hijo de los ciudadano.....