Por las razones expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos AVILIO JOSE MARIN LEYVA y YOHALIS RAMONA LARES GUZMAN, ambos plenamente identificados en los autos, y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha VEINTITRES DE DICIEMBRE DEL DOS MIL CINCO ( 23 de Diciembre de 2005), por ante la Primera Autoridad Civil del Registro Civil del Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui,.-